Tiendas, bares, talleres y pequeñas empresas de Córdoba instalan cámaras para prevenir robos y proteger sus instalaciones. La imagen de una persona es un dato personal, y su tratamiento queda sometido a la normativa de protección de datos. Un sistema mal configurado puede acabar en una sanción o en un conflicto con la plantilla.
Lo que permite el artículo 22
El artículo 22 de la Ley Orgánica 3/2018 autoriza tratar imágenes mediante sistemas de cámaras con la finalidad de preservar la seguridad de las personas y bienes, así como de las instalaciones. La captación debe limitarse al ámbito necesario. Solo puede alcanzar el espacio público en la medida imprescindible para el fin de seguridad.
Es obligatorio informar con un dispositivo visible que indique la existencia del tratamiento, la identidad del responsable y la posibilidad de ejercer los derechos.
Plazo de conservación
Las imágenes deben suprimirse en el plazo máximo de un mes desde su captación. La excepción son las que deban conservarse para acreditar actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones, que se ponen a disposición de la autoridad competente.
Muchos comercios mantienen grabaciones durante meses porque el aparato lo permite. Es un incumplimiento fácil de evitar configurando el borrado automático.
Las cámaras y los trabajadores
El artículo 89 permite al empleador tratar imágenes para controlar a los trabajadores dentro del marco legal, con información previa, expresa, clara y concisa a los empleados y, en su caso, a sus representantes. El apartado 2 prohíbe de forma absoluta instalar cámaras o grabar sonido en lugares de descanso o esparcimiento, como vestuarios, aseos y comedores.
Comprobaciones antes de instalar
- Valorar si existe una medida menos intrusiva.
- Orientar las cámaras solo hacia lo necesario.
- Colocar el cartel y poner a disposición la información completa.
- Informar a la plantilla antes de usar las imágenes.
- Limitar quién accede a las grabaciones.
- Configurar el borrado a los treinta días.
Errores habituales
Los más repetidos son enfocar la vía pública, grabar la zona de descanso de los empleados, no informar a la plantilla y compartir imágenes por mensajería o redes sociales. Un vídeo difundido para identificar a un cliente supone un riesgo sancionador añadido.
Con un diseño correcto, la videovigilancia es compatible con la seguridad del negocio y con los derechos de las personas. Una revisión previa de la instalación resulta mucho más barata que defender un expediente.
Si su empresa o actividad está en Córdoba, puede consultar el asesoramiento jurídico en Córdoba. Este asunto se incluye en el servicio de protección de datos y compliance.
