Secretos empresariales: cómo protegerlos legalmente

Qué es un secreto empresarial según la Ley 1/2019, qué medidas razonables exige la ley y qué acciones permite frente a su uso indebido.

28 de octubre de 2026. 2 min de lectura. Contratos

Listas de clientes, fórmulas, procesos de producción o planes de negocio pueden tener enorme valor sin estar registrados en ningún sitio. La Ley 1/2019, de secretos empresariales, ofrece protección a ese tipo de información, pero la exige un comportamiento activo por parte de la empresa. No basta con considerar algo confidencial.

Qué es un secreto empresarial

El artículo 1 define el secreto empresarial como cualquier información o conocimiento, incluido el tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que reúna tres condiciones. Debe ser secreto, en el sentido de no ser generalmente conocido ni fácilmente accesible. Debe tener valor empresarial, real o potencial, precisamente por ser secreto. Y debe haber sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerlo en secreto.

La tercera condición es la que más se incumple. Sin medidas razonables, la información queda sin protección legal.

Medidas razonables

La ley no enumera las medidas, pero resultan habituales algunas prácticas:

  • Acuerdos de confidencialidad con empleados, colaboradores y proveedores.
  • Acceso restringido a la información, físico y digital.
  • Marcado de documentos como confidenciales.
  • Política interna de seguridad y de uso de dispositivos.
  • Protocolos de salida cuando un trabajador se marcha.

Acciones de defensa

El artículo 9 regula las acciones que puede ejercitar el titular frente a la violación del secreto. Entre ellas se incluyen la declaración de la violación, la cesación o prohibición de los actos de utilización, la prohibición de fabricar o comercializar productos infractores, la remoción y la indemnización de los daños.

La eficacia de estas acciones depende de la prueba. Quien reclama debe demostrar que la información era secreta, que se adoptaron medidas y que el demandado la utilizó sin autorización.

Situaciones frecuentes

Los conflictos más habituales se producen cuando un empleado clave se va a la competencia con una cartera de clientes, cuando un proveedor reutiliza un desarrollo, o cuando un socio comercial utiliza la información obtenida en una negociación.

Recomendaciones

Revise qué información es realmente valiosa. Clasifíquela y proteja lo esencial. Incluya cláusulas de confidencialidad en los contratos laborales y mercantiles y documente las medidas. Si sospecha una fuga, actúe de inmediato y conserve las pruebas.

La confidencialidad se defiende con organización, y el derecho solo ayuda a quien se ha organizado.

Un ejercicio útil consiste en preguntarse qué información, si saliera mañana de la empresa, haría más daño. Esa respuesta marca las prioridades. Con un pequeño inventario y unas pocas cláusulas bien redactadas, la mayoría de las pymes alcanza un nivel de protección razonable sin grandes costes.

Este asunto se incluye en el servicio de contratos mercantiles.

Carlos Babot, abogado

Carlos Babot Horcajadas
Abogado colegiado en Málaga, nº 10.971. Socio de Babot Aranguren Abogados. Más sobre el autor.