Cláusula penal en contratos: eficacia y moderación judicial

Cómo funciona la cláusula penal en los contratos entre empresas, qué sustituye y cuándo un juez puede moderar su importe.

28 de octubre de 2026. 2 min de lectura. Contratos

La cláusula penal es una herramienta habitual en los contratos mercantiles. Fija de antemano la cantidad que deberá pagar quien incumpla. Su atractivo es evidente, porque evita tener que probar el daño. Pero no es un cheque en blanco, y el Código Civil la somete a reglas que conviene conocer al redactar o al reclamar.

Función sustitutoria

El artículo 1152 del Código Civil establece que, en las obligaciones con cláusula penal, la pena sustituirá a la indemnización de daños y al abono de intereses en caso de falta de cumplimiento, si otra cosa no se hubiera pactado. Es decir, el acreedor no puede reclamar a la vez la pena y la indemnización ordinaria, salvo que el contrato lo prevea expresamente.

La misma norma señala que solo podrá hacerse efectiva la pena cuando esta fuere exigible conforme a las disposiciones del propio Código. Es necesario, por tanto, que concurra el incumplimiento que la activa.

Moderación por el juez

El artículo 1154 permite que el juez modere equitativamente la pena cuando la obligación principal hubiera sido en parte o irregularmente cumplida por el deudor. Si el contrato prevé una penalización idéntica para un incumplimiento total y para uno parcial, la moderación puede reducir su cuantía.

Esta facultad actúa como contrapeso. Una pena excesiva respecto al incumplimiento real puede ser rebajada, y por eso conviene que la cláusula sea proporcionada desde el principio.

Consejos de redacción

Una cláusula penal eficaz debería cumplir varios requisitos:

  • Identificar con claridad el incumplimiento que la activa.
  • Fijar una cantidad o fórmula de cálculo razonable.
  • Aclarar si es compatible con la reclamación de daños mayores.
  • Distinguir los distintos tipos de incumplimiento, con penas graduadas.
  • Respetar los límites del principio de autonomía de la voluntad del artículo 1255.

Usos frecuentes

Se utilizan en contratos de suministro, de obra, de servicios y de arrendamiento, para sancionar retrasos, incumplimientos de exclusividad o abandonos anticipados. También en los pactos de no competencia.

Cuándo no conviene pactarla

No suele ser aconsejable cuando el daño es muy variable y puede superar con mucho la pena, porque la sustitución del artículo 1152 le impediría reclamar más.

Recomendación final

Si va a incluir una penalización en un contrato, revise que sea proporcionada y coherente con el resto del acuerdo, y que se entienda desde el momento de la firma. Si va a reclamarla, prepare la prueba del incumplimiento y calcule con prudencia, porque un importe desproporcionado invita a la moderación y puede debilitar su posición ante el juez.

Este asunto se incluye en el servicio de contratos mercantiles.

Carlos Babot, abogado

Carlos Babot Horcajadas
Abogado colegiado en Málaga, nº 10.971. Socio de Babot Aranguren Abogados. Más sobre el autor.