Delito fiscal en Marbella: umbral de 120.000 y regularización

Empresarios y profesionales de Marbella deben conocer cuándo una cuota defraudada supera los 120.000 euros del artículo 305 y cómo evitar la pena regularizando.

28 de octubre de 2026. 2 min de lectura. Marbella

Marbella concentra negocios de hostelería, promoción, servicios y alquiler vacacional con operaciones de cuantía elevada. En ese contexto, los empresarios y profesionales deben conocer la frontera entre una infracción tributaria y un delito contra la Hacienda Pública, que el Código Penal fija en su artículo 305.

El umbral

El artículo 305.1 castiga a quien defraude a la Hacienda Pública eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o ingresos a cuenta, o disfrutando indebidamente de beneficios fiscales, siempre que la cuota defraudada exceda de 120.000 euros. La pena es de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la cuantía defraudada. Además, se pierde la posibilidad de obtener subvenciones, ayudas y beneficios fiscales o de la Seguridad Social durante tres a seis años.

Cómo se mide la cuantía

El apartado 2 establece que, en los tributos periódicos o de declaración periódica, se atiende a lo defraudado en cada periodo impositivo o de declaración. Si el periodo es inferior a doce meses, la cuantía se refiere al año natural. No se suman ejercicios distintos.

La mera presentación de declaraciones no excluye la defraudación si se acredita por otros hechos. Esto significa que declarar no es una garantía cuando los datos son incompletos o engañosos.

La regularización

El artículo 305.4 permite evitar la responsabilidad penal mediante el completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria. Debe hacerse antes de que la Administración notifique el inicio de actuaciones de comprobación o investigación o, si no las hubo, antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante procesal de la Administración interponga querella o denuncia, o antes de que el Ministerio Fiscal o el juez realicen actuaciones que permitan conocer formalmente la existencia de diligencias.

La regularización también impide perseguir irregularidades contables u otras falsedades instrumentales que se relacionen exclusivamente con la deuda regularizada.

Cobro de la deuda durante el proceso

El apartado 5 permite liquidar por separado los conceptos vinculados con el posible delito, y aclara que el proceso penal no paraliza el cobro de la deuda tributaria.

Cuándo pedir ayuda

  • Si recibe un requerimiento con un importe elevado de regularización.
  • Si descubre errores de ejercicios anteriores con cuota relevante.

Recomendación

La regularización tiene fecha límite, y esa fecha la marca la actuación de la Administración o de la justicia, no el contribuyente. Una revisión preventiva con un abogado y un asesor fiscal permite detectar riesgos mientras todavía hay margen de actuación.

Si su empresa o actividad está en Marbella, puede consultar el asesoramiento jurídico en Marbella. Este asunto se incluye en el servicio de derecho penal económico.

Carlos Babot, abogado

Carlos Babot Horcajadas
Abogado colegiado en Málaga, nº 10.971. Socio de Babot Aranguren Abogados. Más sobre el autor.