Almería capital se apoya en servicios, comercio y actividad portuaria, y está rodeada de una agricultura intensiva cuyos productores, comercializadores y proveedores trabajan bajo las reglas de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. El artículo 9 fija el contenido mínimo del contrato, con una regla de precio especialmente relevante.
El contenido mínimo
Según el artículo 9.1, los contratos alimentarios deben contener, como mínimo, la identificación de las partes, el objeto, el precio, las condiciones de pago, las condiciones de entrega y puesta a disposición de los productos, los derechos y obligaciones de las partes, la información que deben suministrarse y la duración del contrato.
El objeto puede indicar categorías y referencias, y el contrato puede prever que se concreten con la orden de pedido. Esto da flexibilidad a las campañas con producciones variables.
El precio
El precio debe indicar expresamente todos los pagos, incluidos los descuentos aplicables. Puede ser de cuantía fija, variable o mixta, pero la parte variable debe depender únicamente de factores objetivos, verificables, no manipulables y expresamente establecidos en el contrato. No pueden ser manipulables por el propio operador ni por otros operadores del sector.
Para el productor primario o su agrupación, el precio debe ser superior al total de los costes asumidos, es decir, al coste efectivo de producción. La ley enumera conceptos como semillas y plantas de vivero, fertilizantes, fitosanitarios, combustibles y energía, maquinaria, costes de riego, amortizaciones, intereses y mano de obra, propia o asalariada.
Cómo se determina el coste
La determinación se hace tomando como referencia el conjunto de la producción comercializada para la totalidad o parte del ciclo productivo. Se imputa de la forma que el proveedor considere que mejor se ajusta a la calidad y características de los productos. Es una obligación que exige documentar los costes.
Condiciones de pago
El contrato debe ajustar los plazos a la normativa específica de pagos en productos alimentarios. El deudor no puede recibir compensación, ventaja o descuento por cumplir el contrato ni establecer condicionalidad alguna en el pago.
Recomendaciones
- Lleve un registro de costes por cultivo y campaña.
- Compare el precio ofrecido con ese coste antes de firmar.
- Exija que las fórmulas variables sean verificables.
- Firme el contrato antes de la primera entrega.
- Conserve copia firmada y la correspondencia de la campaña.
Un contrato alimentario correcto da seguridad al productor y protege al comprador de reclamaciones. La revisión previa de precio y condiciones es el momento más rentable para el asesoramiento jurídico.
Si su empresa o actividad está en Almería, puede consultar el asesoramiento jurídico en Almería. Este asunto se incluye en el servicio de contratos mercantiles.
