Burofax y requerimiento de pago: cuándo y cómo

Función del requerimiento previo en una reclamación, cuándo existe mora sin intimación y cómo redactar un burofax eficaz.

28 de octubre de 2026. 2 min de lectura. Reclamación de deudas

El burofax es la forma más habitual de comunicar una reclamación porque permite acreditar el contenido y la recepción. Pero no siempre es imprescindible, y su utilidad depende de qué se quiere conseguir. Conviene distinguir entre sus distintas funciones.

La mora y la intimación

El artículo 1100 del Código Civil establece que incurren en mora los obligados a entregar o a hacer alguna cosa desde que el acreedor les exija judicial o extrajudicialmente el cumplimiento de su obligación. La regla general civil exige, por tanto, un requerimiento para que haya mora. Sin embargo, la propia norma exceptúa los casos en que la obligación o la ley declaren que la mora existe sin necesidad de intimación, como ocurre cuando el plazo es esencial.

En las operaciones comerciales sujetas a la Ley 3/2004, el artículo 5 dispone que los intereses de demora se devengan sin necesidad de aviso. Aun así, el requerimiento conserva su utilidad como prueba y como herramienta de presión.

Función probatoria e interruptiva

Un burofax con certificación de contenido permite demostrar qué se reclamó y cuándo. Además, la reclamación extrajudicial del acreedor interrumpe la prescripción de las acciones conforme al artículo 1973 del Código Civil. Es un efecto valioso si se aproxima el plazo de cinco años.

También sirve para fijar la posición jurídica ante una futura reclamación judicial, y para encajar en el requisito de intento de solución negociada de la Ley Orgánica 1/2025, siempre que contenga una propuesta formal.

Cómo redactarlo

Un buen burofax es breve y preciso:

  • Identifica al deudor y al acreedor, y la relación jurídica de la que deriva la deuda.
  • Enumera las facturas con su fecha, importe y vencimiento.
  • Calcula los intereses y la indemnización reclamada.
  • Fija un plazo razonable de pago y señala las consecuencias de no hacerlo.
  • Aporta datos de contacto y una forma de pago.

Errores frecuentes

Los errores más comunes son enviar el burofax a una dirección antigua, no certificar el contenido, mezclar reclamaciones de distinta naturaleza o utilizar un tono amenazante que luego perjudique. También es un error reclamar cantidades erróneas, porque puede utilizarse en contra del acreedor.

Antes de enviar, conviene que un abogado revise el texto, especialmente si va a servir de base de una reclamación judicial posterior. Un burofax bien hecho es el primer documento del expediente, y los jueces suelen leerlo con atención.

Este asunto se incluye en el servicio de reclamación de deudas e impagos.

Carlos Babot, abogado

Carlos Babot Horcajadas
Abogado colegiado en Málaga, nº 10.971. Socio de Babot Aranguren Abogados. Más sobre el autor.