Huelva tiene una economía ligada al puerto, la industria química y una provincia con fuerte producción agrícola. Alrededor de esas actividades trabajan subcontratistas, empresas de mantenimiento y proveedores de servicios que dependen de pagos puntuales de grandes clientes. Para ellos, el requerimiento de pago bien hecho es una herramienta básica.
Cuándo se incurre en mora
El artículo 1100 del Código Civil establece que incurren en mora los obligados a entregar o hacer alguna cosa desde que el acreedor les exija judicial o extrajudicialmente el cumplimiento de su obligación. Salvo excepciones, la mora exige esa interpelación. En las operaciones comerciales entre empresas, la Ley 3/2004 prevé que la mora se produce de forma automática al vencimiento del plazo legal, sin necesidad de aviso.
Aun así, el requerimiento fehaciente sigue siendo la pieza más útil, porque fija una fecha cierta y documenta la reclamación.
Intereses
El artículo 1108 del Código Civil dispone que, si la obligación consiste en el pago de una cantidad de dinero y el deudor incurre en mora, la indemnización de daños consiste, salvo pacto en contrario, en el pago de los intereses convenidos y, a falta de convenio, en el interés legal. Entre empresas, la Ley 3/2004 aplica su propio tipo de demora y la indemnización de cuarenta euros por factura.
El burofax como prueba
Un burofax con certificación de texto y acuse de recibo acredita qué se envió y cuándo se recibió. Debe describir las facturas impagadas, los vencimientos, la cantidad principal y los intereses reclamados, y fijar un plazo de pago. Conserve el certificado y el acuse.
Prescripción
El artículo 1964.2 del Código Civil fija en cinco años el plazo de las acciones personales que no tengan plazo especial de prescripción. El artículo 1973 reconoce que la prescripción se interrumpe por el ejercicio de la acción ante los tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier acto de reconocimiento de deuda por el deudor.
Cómo aplicarlo en una subcontrata
- Calcule los vencimientos reales según contrato y albaranes.
- Envíe el requerimiento antes de que se acumulen varias facturas.
- Repita el requerimiento de forma periódica si la deuda persiste.
- Guarde los reconocimientos de deuda, aunque sean parciales.
- Valore el monitorio si no hay respuesta.
Una cuestión de equilibrio
Los grandes clientes pueden responder a una reclamación formal con retrasos en futuros pedidos. Una comunicación firme pero cordial, que invite a un acuerdo, suele preservar la relación y proteger el crédito.
Revisar los plazos a tiempo evita perder derechos.
Si su empresa o actividad está en Huelva, puede consultar el asesoramiento jurídico en Huelva. Este asunto se incluye en el servicio de reclamación de deudas e impagos.
