En una provincia con puerto, industria y mucho tráfico de mercancías, las estaciones de servicio son un negocio relevante, y sus titulares suelen estar vinculados a un operador mediante un contrato de suministro en exclusiva. El plazo de ese vínculo y la forma de ponerle fin están regulados por ley, y un descuido en el preaviso puede costar un año más de exclusiva.
Duración máxima y prórrogas
El artículo 43 bis de la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos, establece que la duración máxima del contrato de suministro en exclusiva será de un año. El contrato se prorroga automáticamente por un año, con un máximo de dos prórrogas, salvo que el distribuidor al por menor manifieste su intención de resolverlo.
El preaviso de un mes
La manifestación debe hacerse con un mes de antelación, como mínimo, a la fecha de finalización del contrato o de cualquiera de sus prórrogas. Si se comunica fuera de plazo, la prórroga se produce. El titular de la estación necesita, por tanto, un calendario de fechas de vencimiento y de plazos de aviso.
Cómo comunicarlo
- Hágalo por escrito y con un medio que acredite la recepción.
- Indique con claridad que no desea prorrogar el contrato.
- Calcule el plazo hacia atrás desde la fecha de finalización.
- Conserve el justificante de envío y de entrega.
- Envíe el aviso con margen de seguridad, no el último día.
Lo que declara nulo la ley
El apartado 2 declara nulas y por no puestas las cláusulas que establezcan una duración distinta de la legal, y las que determinen el precio de venta del combustible por referencia a un precio fijo, máximo o recomendado, o contribuyan a su fijación indirecta. Un contrato con plazos más largos no obliga más allá del límite legal.
Una excepción relevante
El artículo no se aplica, salvo en lo relativo a la recarga eléctrica, cuando los bienes o servicios se vendan desde locales y terrenos de plena propiedad del proveedor. Si el operador es dueño del suelo, el régimen es diferente.
Obligación del operador
Los operadores al por mayor deben comunicar estos contratos a la Dirección General de Política Energética y Minas, con la fecha de finalización, y esa dirección puede pedir copia en cualquier momento.
Recomendación
Antes de dejar de comprar al operador o de contratar con otro, revise el contrato, el calendario y la titularidad del suelo. Una decisión precipitada puede provocar una reclamación por incumplimiento.
Si su empresa o actividad está en Huelva, puede consultar el asesoramiento jurídico en Huelva. Este asunto se incluye en el servicio de hidrocarburos y estaciones de servicio.
