La actividad industrial y logística de Huelva implica contratos con administraciones, subcontratistas, residuos, seguridad y relaciones con proveedores. Esa complejidad aumenta el riesgo de que una conducta individual dentro de la empresa tenga consecuencias penales para la propia sociedad. El artículo 31 bis del Código Penal regula esa responsabilidad.
Cuándo responde la persona jurídica
El artículo 31 bis.1 prevé dos vías. La primera, por los delitos cometidos en nombre o por cuenta de la sociedad, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o por quienes, individualmente o como integrantes de un órgano, están autorizados para tomar decisiones o tienen facultades de organización y control. La segunda, por los delitos cometidos en el ejercicio de actividades sociales y en beneficio de la sociedad por quienes, estando sometidos a la autoridad de los anteriores, han podido realizar los hechos porque aquellos incumplieron gravemente los deberes de supervisión, vigilancia y control.
El artículo 31 ter añade que la responsabilidad es exigible aunque no se individualice a la persona física responsable.
La exención
La sociedad queda exenta si el órgano de administración adoptó y ejecutó con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia y control idóneas. Debe haber confiado la supervisión a un órgano con poderes autónomos de iniciativa y control, los autores deben haber eludido fraudulentamente los modelos y no debe haber habido omisión o ejercicio insuficiente de las funciones de supervisión.
En personas jurídicas pequeñas, la supervisión puede asumirla directamente el órgano de administración.
Requisitos del modelo
Según el apartado 5, el modelo debe identificar las actividades de riesgo, establecer protocolos para la formación de la voluntad y la adopción de decisiones, contar con una gestión adecuada de los recursos financieros, imponer la obligación de informar de riesgos e incumplimientos al órgano de vigilancia, introducir un sistema disciplinario y prever una verificación periódica.
Atenuantes
El artículo 31 quater limita las atenuantes a confesar antes de conocer que el procedimiento se dirige contra la sociedad, colaborar con pruebas nuevas y decisivas, reparar o disminuir el daño antes del juicio oral y establecer medidas eficaces para prevenir delitos futuros.
Por dónde empezar
- Mapa de riesgos de la actividad.
- Código de conducta y protocolos de decisión.
- Canal interno de comunicación.
- Régimen disciplinario.
- Revisiones periódicas.
Un modelo documentado, aplicado y revisado es la única forma de acreditar diligencia si llega un procedimiento.
Si su empresa o actividad está en Huelva, puede consultar el asesoramiento jurídico en Huelva. Este asunto se incluye en el servicio de protección de datos y compliance.
