En Fuengirola, el comercio, la hostelería y los servicios turísticos trabajan con muchas obligaciones periódicas de IVA, retenciones y pagos fraccionados. Un descuido en un ingreso puede acabar en una sanción. Saber cómo califica la ley la infracción ayuda a evaluar el riesgo y a decidir cómo regularizar.
La infracción del artículo 191
El artículo 191.1 de la Ley General Tributaria considera infracción dejar de ingresar, dentro del plazo, la totalidad o parte de la deuda que debiera resultar de la correcta autoliquidación. La excepción es que se regularice conforme al artículo 27 o proceda otra de las causas que la propia ley menciona.
Cuándo es leve
El apartado segundo la califica de leve cuando la base de la sanción, es decir, la cuantía no ingresada, es inferior o igual a 3.000 euros o, siendo superior, no existe ocultación. La sanción leve consiste en una multa proporcional del 50 por ciento.
Casos en que nunca es leve
Aunque la cantidad sea pequeña, la infracción deja de ser leve si se han utilizado facturas o justificantes falsos o falseados, si la llevanza incorrecta de libros o registros representa más del diez por ciento de la base de la sanción o si se han dejado de ingresar cantidades retenidas o que se debieron retener. Esta última regla importa mucho a empresas con plantilla.
La alternativa de regularizar
El artículo 27 permite regularizar de forma voluntaria, sin requerimiento previo, y a cambio se exigen recargos reducidos y no hay sanción. Se aplican un uno por ciento más uno por cada mes completo de retraso, y pasados doce meses el recargo asciende al quince por ciento. Pagar un poco tarde pero con regularización suele ser más barato que esperar a una comprobación.
Consejos de gestión
- Controle un calendario de vencimientos.
- Concilie IVA repercutido y soportado antes de presentar.
- Si detecta un error, regularice sin esperar al requerimiento.
- Conserve la prueba de presentación y pago.
- No ingrese retenciones tarde, porque pierde la calificación leve.
Defensa ante la sanción
Si recibe una propuesta de sanción, puede alegar y, llegado el caso, recurrir en el plazo de un mes. Analizar la calificación de la conducta suele ser el punto de partida.
Evaluar antes de regularizar
Si su negocio de Fuengirola ha presentado alguna autoliquidación con error, estudie la fórmula de regularización más adecuada.
Si su empresa o actividad está en Fuengirola, puede consultar el asesoramiento jurídico en Fuengirola. Este asunto se incluye en el servicio de asesoría fiscal y tributaria.
